El redactor de la LISTA resalta que el PGOM debe “intervenir y completar” la ciudad que ya exista

José María Morente explica que la Ley de Impulso a la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía corrige a la LOUA que contemplaba como punto de partida “lo preexistente” sin tener en cuenta la realidad de cada municipio, como Marbella donde “se concedieron” licencias conforme a dos planes (1998 y 2010) que luego fueron denegado y anulado según cada caso

Marbella, 3 de noviembre de 2023.- El director general de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella y redactor de la Ley de Impulso a la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), José María Morente, explicó que el criterio básico del Plan General de Ordenación Municipal es “intervenir y completar la ciudad que ya exista” porque así lo marca la nueva legislación autonómica andaluza “y la directiva europea”. Se pronunció así durante la ponencia El planeamiento urbanístico general: el nuevo plan general de Marbella conforme a la LISTA como ejemplo de planeamiento que dio durante la cuarta sesión del XIX Curso de Urbanismo de Marbella organizado por el Instituto Español de Estudios de Urbanismo.

Ahondó Morente en la tramitación del “nuevo plan de Marbella” que parte de lo que “ya hay en la ciudad”. Esa filosofía “es una de las novedades” de la LISTA respecto a la LOUA que contemplaba como punto de partida “lo preexistente” en alusión a lo que marcaba el PGOU de 1986. El experto en la materia advirtió del “problema” que hubo en el caso de Marbella ya que “hubo después dos planes que se quedaron en el camino, pero conforme a los cuales se otorgaron licencias” dando lugar a una ciudad diferente a la que estaba en el planeamiento original. En este sentido, el director general de Urbanismo de Marbella aseguró que con la LOUA “hubiera sido imposible resolver la problemática urbana de la ciudad mientras que con la LISTA es viable”.

El redactor de la LISTA apuntó por otra parte que “la necesidad que había de cambiar la legislación sobre el planeamiento para, entre otras cosas, evitar que la media para aprobar un plan general deje de ser de nueve años desde su aprobación inicial, sin contar con los trámites previos”. Con la LISTA, subrayó, “se ha puesto orden en las competencias” de las comunidades autónomas y los ayuntamientos al tratarse, en definitiva, “de la suma de la LOUA y la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía”. Ahora la tramitación de un plan general “se ahorra el procedimiento bifásico que tantos problemas ha dado” anteriormente.

Junto a Morente participó Francisco Merino, arquitecto y ex jefe de Planeamiento del Ayuntamiento de Marbella con su ponencia El planeamiento urbanístico general: el PGOU de 1986 de Marbella como ejemplo de planeamiento general, en la que explicó a modo de anécdota que “una de las primeras cuestiones que se abordaron al tener el plan, incluso redactándolo, fue buscar terrenos para equipamientos públicos, llegando a acuerdos con los promotores para que cedieran terrenos en los que crearlos”, porque, contó Merino a modo de ejemplo, “los niños en edad escolar tenían que ir a clase en dos turnos, uno por la mañana y otro por la tarde, porque no había suficientes plazas escolares”.

Aquel plan, subrayó el ex jefe de Planeamiento del Ayuntamiento de Marbella, cambió la tipología de las urbanizaciones del municipio, porque el concepto predominante hasta entonces -viviendas de una sola planta cerca de la playa y torres de hasta 15 plantas en el norte de la zona- se consideró “no interesante porque, entre otras razones, ambientalmente no era aconsejable para un lugar que quería evolucionar como un destino turístico”.

Una vez concluido, explicó Merino, hubo para todos los gustos en cuanto a la división de la clasificación de los suelos; “gente que dijo que había demasiado suelo para construir y otra que decía lo contrario, que no había suelo suficiente para desarrollar”.

Completó la cuarta sesión del XIX Curso de Urbanismo de Marbella, Joaquín Jalvo, arquitecto experto en urbanismo y planeamiento, con su ponencia El planeamiento urbanístico general y el planeamiento urbanístico de desarrollo: el PGOM y el POU, en la que destacó que con la LISTA hay un “gran avance” porque la documentación requerida en la ordenación urbanística disminuye respecto “a toda la parafernalia que había con el antiguo plan general, en los que había que definir hasta el color de las molduras de las ventanas”. Al haber “aislado” el planeamiento de desarrollo del planeamiento general “es más sencillo y mucho más asequible”. Resaltó los requisitos de la justificación del interés general y la evaluación ambiental puesto que han sido los causantes de la anulación completa de muchos planes generales en Andalucía.

Respecto del PGOM, Jalvo incidió en que debe establecer el modelo de cada municipio y concretó que se trata de “la clasificación, las estructuras generales y la programación podrían ayudar a comprender” el concepto de “modelo del planeamiento”. Es la base de lo que “debe definir el planeamiento general”, aseveró.

Jalvó destacó “otro avance” de la LISTA como “contemplar el hábitat rural diseminado que se da en muchos municipios” como una de las categorías del suelo rústico dado que “tiene su complejidad”.

-FYDU 10 marzo, 2024