El redactor de la actual Ley del Suelo niega que estemos en una “nueva burbuja inmobiliaria”

Gerardo Roger Fernández, arquitecto de profesión y que ha sido director general de Urbanismo de la Comunidad Valenciana además de ser el redactor de la actual Ley del Suelo, aportó datos en el Curso de Urbanismo de Marbella que demuestran que no hay una “burbuja inmobiliaria” en España

Marbella, 9 de febrero de 2024.- El arquitecto, ex director general de Urbanismo de la Comunidad Valenciana y redactor de la actual Ley del Suelo, Gerardo Roger Fernández negó que haya una “burbuja inmobiliaria” en España puesto que se están construyendo “unas 100.000 viviendas de primera residencia al año”, cuando durante “la década prodigiosa” -en alusión al periodo que desembocó en la crisis de 2008- “se llegaron a hacer unas 600.000”. Todo ello con la referencia de que el “crecimiento endógeno de viviendas -el correspondiente a una demanda normal-está ahora mismo en unas 7-8 por cada 1.000 habitantes al año, lo que se traduce en unas 300.000.

Fernández se manifestó en esos términos durante su ponencia Las actuaciones asistemáticas en suelo urbano: actuaciones de dotación y de regeneración urbana que ofreció dentro del XIX Curso de Urbanismo de Marbella. El experto en la materia explicó en el mismo sentido que cuando explotó la burbuja, “España se quedó con un stock de vivienda y de suelo urbanizable de 45.000 hectáreas, lo que equivale a una capacidad para 3.000.000 de inmuebles más”. Todo este excedente de suelo urbanizable se desarrollará “pero lentamente” según advirtió, porque “el precio de la vivienda ha crecido tres veces más que los sueldos y por tanto que la capacidad de compra de los ciudadanos”. Por todo ello, concluyó el arquitecto, “la oportunidad de desarrollo está en la ciudad consolidada, urbanizada”.

Por su parte, la letrada del Ayuntamiento de Málaga Ana Alonso Sangregorio, habló sobre Las actuaciones asistemáticas en suelo urbano: las expropiaciones urbanísticas. Destacó que hay “muchas sentencias contradictorias porque las actuaciones de expropiación son complejas”. Además señaló que “probablemente, lo más importante” en el proceso de las expropiaciones “sea la determinación de la causa expropiandi; es el elemento esencial”. Y subrayó que la LISTA indica que las expropiaciones urbanísticas “no se rigen por lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Expropiación Forzosa”.

Completó la jornada el abogado experto en urbanismo, Juan Ramón Fernández Canivell, que en su clase Las actuaciones asistemáticas en suelo urbano: la expropiación por Ministerio de la Ley advirtió que, a su juicio, el artículo 116 de la LISTA “podría estar incurriendo en inconstitucionalidad” porque “es algo que afecta al derecho de propiedad, más que a la normativa urbanística y es algo que requiere un tratamiento igual en todo el territorio nacional” por lo que debería regirse por una ley estatal.

El experto en expropiaciones señaló por otra parte que ha denunciado en varias ocasiones el hecho de que los ayuntamientos tengan voz y voto en las comisiones provinciales de valoración del órgano expropiante y el particular esté excluido y no pueda defenderse y explicar sus razones como sí pueden hacer los ayuntamientos. Aseguró que “la situación es injusta y vulnera el derecho a la igualdad”.

-FYDU 10 febrero, 2024