El abogado experto en urbanismo Alejandro Criado considera que los planes de ordenación del territorio “retrasan y complican la tramitación de cualquier documento urbanístico, lo que repercute en menos progreso y menos empleo”
Marbella, 26 de octubre de 2023.- El abogado urbanista y organizador del Curso de Urbanismo de Marbella, Alejandro Criado, explicó durante la tercera clase de esta XIX edición, que ha alegado para que se derogue el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía “porque retrasa y complica la tramitación de cualquier documento urbanístico al haber mucha normativa” lo que a su vez “va a repercutir en menor progreso urbanístico, un peor sector de la construcción y menos empleo se va a generar en muchos campos”. Y para evidenciar su postura puso como ejemplo a la Comunidad de Madrid, “la de mayor crecimiento económico y de mayor complejidad urbana que hay en España, sin tener un planeamiento territorial”.
Alejandro Criado se pronunció así en el seno de ponencia El planeamiento territorial que impartió junto al ingeniero de caminos y fundador de CAI Consultores, Luis Cepedano. Durante su desarrollo criticó la ordenación del territorio porque “en la práctica sirve para hacer urbanismo desde la comunidad autónoma y por tanto limitar las competencias municipales, para limitar el crecimiento de los municipios, para añadir complejidad al planeamiento y para planificar infraestructuras y equipamientos supramunicipales”. Cepedano añadió que la ordenación del territorio “es política con mayúsculas” mientras que el urbanismo “es política con muchas minúsculas”. Y especificó que la ordenación del territorio “no debería ser más que buscar la igualdad de oportunidades entre todos los miembros de un territorio más amplio” mientras que el urbanismo sería “como decía Umbral, hablar de nuestro libro”.
Criticó Criado por otra parte que la Ley de Impulso a la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA) no deja claro qué es el urbanismo porque “dice que el urbanismo es el modelo de ciudad, pero acto seguido dice que tiene que ser una ciudad compacta, como si no hubiera opción a otro tipo”.
Cepedano apuntó por su parte que a la LISTA “le pasará lo mismo que a la LOUA y va a tener varias modificaciones derivadas de la casuística” que se vaya generando. El ingeniero señaló además las carencias que presenta el POT de la Costa del Sol (en tramitación) en cuanto a infraestructuras viarias, el saneamiento integral del que “sólo dice que es necesario cuando eso lo sabemos todos porque es obvio”.
La tercera clase del XIX Curso de Urbanismo de Marbella contó también con la presencia de un clásico en las jornadas como Federico García Erviti, doctor arquitecto y ex profesor titular de la Escuela Técnica Superior de la Universidad Politécnica de Madrid, que desarrolló La valoración urbanística del suelo y sus elementos. Empezó subrayando que “las valoraciones son de las muy pocas cosas que le quedan a la competencia estatal” y resaltó la importancia del Reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo en tanto que “es el gran desconocido de las valoraciones urbanísticas cuando es absolutamente clave”. En este sentido mostró su sorpresa por cuanto “hasta hace un par de años muchas comisiones de expropiación o el nombre que tengan en cada legislación autonómicas continuaban sin aplicar el Reglamento y se regían” por otras normativas, sin que fueran válidas esas valoraciones.
Ahondó García Erviti en las valoraciones en suelo rural de las que dijo que “son complicadas por la ingente cantidad de fórmulas que contiene” pero matizó que “el legislador ha dejado una puerta abierta a la sencillez por la que se ha colado todo el mundo” que es partir de la hipótesis “simplificadora de que todas las rentas anuales van a ser constantes y perpetua”.
En relación con la valoración del suelo urbanizado no edificado, García Erviti advirtió del “problema que hay para localizar los precios ciertos” y añadió que además, “en muchas ocasiones no hay producto inmobiliario acabado, sino edificaciones de segunda mano”, casos en los que “hay que homogeneizar los precios en relación con la antigüedad que tengan los edificios terminados” y para esto hay que aplicar el artículo 24 del Reglamento de Valoraciones.
El doctor arquitecto se refirió también a las indemnizaciones en el proceso de transformación de suelo. Alertó del “gran problema que existe desde hace ocho años en los casos en los que se impide “el ejercicio de la facultad, como una expropiación, por ejemplo”. En estos supuestos podían darse indemnizaciones “muy cuantiosas” porque “se aplica el 10% de las plusvalías a las que tiene derecho la comunidad, a una diferencia entre el todo, que es el suelo urbanizado, y la nada, que es el suelo rural”. García Erviti explicó que por ese motivo, ese procedimiento lo declaró nulo el Tribunal Constitucional “por la inadecuación de ese 10% a la finalidad que se pretendía”. Y advirtió que “desde 2015, el legislador no ha encontrado una solución, sólo tiene un anteproyecto que ha elaborado al comienzo de este año (2023)”.