Video 3. Las clases y situaciones básicas del suelo

En el tercer video de curso de urbanismo se analizan las distintas clases de suelo, partiendo de una idea esencial, y es que el derecho de la propiedad del suelo está limitado a lo que establezca la legislación de suelo y urbanismo, así como el planeamiento urbanístico.

En el tercer capítulo de curso de urbanismo se analizan las distintas clases de suelo, partiendo de una idea esencial, y es que el derecho de la propiedad del suelo está limitado a lo que establezca la legislación de suelo y urbanismo, así como el planeamiento urbanístico.

Las clases de suelo en la mayor parte de las leyes urbanísticas en España son: el suelo urbano, el suelo urbanizable y  el no urbanizable.

El suelo urbano es aquel que cuente con los servicios urbanísticos legales necesarios para tal consideracion, como es acceso rodado o abastecimiento de agua, el suelo urbanizable es aquel que se preve para absorber el crecimiento de la ciudad y el suelo no urbanizable es aquel en el que no está previsto su desarrollo urbanístico

Respecto a las situaciones básicas del suelo, son dos el suelo en situación rural y el suelo en situación urbanizado. Cada una de estas situaciones básicas del suelo tienen un régimen distinto de deberes y derechos, asi como de criterios de valoración a efectos de una expropiación.

Respecto al suelo en situación rural, se integra por los terrenos que, según el planeamiento urbanístico tengan las siguientes clasificaciones y estén en las situaciones que a continuación se describen:

A1) no urbanizable o rústico

A2)  urbanizable, en todas sus categorías: hasta que esté concluida la urbanización.

A3) urbano, cuando no pueda considerarse en situación de urbanizado

Respecto al suelo en situación de urbanizado, se encuentra el integrado de forma legal y efectiva en la red de dotaciones y servicios propios de los núcleos de población.

Respecto a la valoración de un suelo en situación rural, se llevará a cabo aplicando el método de valoración de la renta agraria, mientras que el suelo en situación de urbanizado se valorará en base a métodos de valoración para llevar a un valor de mercado.

-Instituto Urbanismo 5 marzo, 2011